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Noticias relacionadas con los Autónomos y la asociación.

 

Pregunta de un asociado sobre formación a la Fundación tripartita

 

Estimados Sres.:

 

En respuesta a su correo electrónico de reclamación se acredita acuse de recibo del mismo.

 

Les recordamos que entre los costes de formación admitidos de acuerdo con el artículo 13 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, no se contemplan los relativos a obsequios a los alumnos, máxime cuando el coste de dichos obsequios supera el coste propio de la formación impartida.

 

La información que consta en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo de la publicidad relativa a la entidad denunciada, ha sido trasladada al Servicio Público de Empleo Estatal para que lleve a cabo las actuaciones de seguimiento y control que estime convenientes.

 

Asimismo, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo realizará los análisis de costes oportunos para informar a las autoridades competentes de aquellas prácticas que puedan suponer una conducta de las recogidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

 

Atentamente,

 

 

Fundación Estatal para la Formación en el Empleo

Servicio al Cliente y Orientación

 

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